SECCIÓN CONSULAR
★Datos Generales del Consulado
★Consulados Honorarios del Perù en Polonia
★Tråmites Consulares
★Tarifas Consulares
★Tràmites ante autoridades polacas
★Consejo de Consulta
★Datos Generales del Consulado
Consejero Jorge Prieto Hemmingsen - Jefe de la Sección Consular
Dirección: ul. Starościńska 1/3, Warszawa, 02-516
Teléfonos: 0048 - 22 6468806 / 6468807
Fax: 0048 - 22 6468617
E-mail: consulado@perupol.pl
Horario de atención: de 9.00 a 15.00 horas
Teléfono de emergencia - 0048 6014 44859
Para poder brindarles un mejor servicio evitando demoras y presentación de documentación incompleta en la realización de sus tràmites, se recomienda tomar contacto con la Secciòn Consular - via telefónica o electrónica - antes de su visita.
★Consulados Honorarios en Polonia
Datos de los Consulados Honorarios del Perú en Cracovia, Gdansk, Torun y Poznan
1) Consulado Honorario del Perú en Cracovia
Cónsul Honorario: Dr. Andrzej Krzanowski
Dirección: ul. Straszewskiego 28
31-113 Cracovia
Polonia
Teléfono: (48) 12-423-1082 extensión 28
Teléfono Celular: (48) 605448750
Facsímil: (48) 12-422-5920
E-Mail: krzanowski@sigma.wsmip.uj.edu.pl
Horario de atención: miércoles de 13:00 a 14:00 horas
2) Consulado Honorario del Perú en Gdansk
Cónsul Honorario: Sr. Witold Antoni Wacławik-Narbutt
Dirección: ul. Jana Uphagena 3/1 A
80-237 Gdańsk
Polonia
Teléfono: (48) 58-782-0191
Teléfono Celular: (48) 501325469
Facsímil: (48) 58-620-3554
E-Mail: wraclawik@data.pl
Horario de atención: jueves de 16:00 a 18:00 horas
3) Consulado Honorario del Perú en Toruń
Cónsul Honorario: Sr. Stanislaw Rakowicz
Dirección: ul. Moniuszki 46/19
87-100 Torun
Polonia
Teléfono: (48) 56-658-5756
Teléfono Celular: (48) 603330130
Facsímil: (48) 56-658-5755
E-Mail: rakowiczkonsul@neostrada.pl
Página Web: www.konsulatperu.torun.pl
Horario de atención: lunes, miércoles y viernes de 10:00 a 16:00 horas
4) Consulado Honorario del Perú en Poznań
Cónsul Honorario: Sr. Kajetan Pyrzynński
Dirección: ul. Mełpin 53
63-140 Dolsk.
Polonia
La Oficina Consular serà pròximamente inaugurada.
★Tråmites Consulares
NOTAS IMPORTANTES:
- Todo trámite es personal
- La mayoría de los trámites son atendidos el mismo día –excepto poderes con escritura pública y visas-
-Por mandato de Ley las Libretas Electorales quedaron sin valor como documento de identidad a partir del 29 de febrero del año 2004
- Para las personas que residen fuera de Varsovia, se agradecerá consultar con la Sección Consular la posibilidad de realizar algunos trámites por correo postal –excepto DNIs y expedición de Pasaportes y otros que requieran la presencia indispensable del interesado-.
ATENCIÓN :
Se recuerda a todos los ciudadanos peruanos que todos los documentos que deban ser legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, pueden ser legalizados en Lima o en las oficinas descentralizadas de dicho ministerio.
Lista actualizada de sedes del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú para legalización de documentos:
SEDE CENTRAL
Jr. Lampa Nº545, Sótano-1. Lima-1.
Lunes a Viernes de 8.30 a 13.00 hrs.
LEGALIZACIONES - CALLAO
Av. Saénz Peña Nº122, 2do piso. Callao
Lunes a Viernes de 8.30 a 13.00 hrs.
OFICINAS DESCENTRALIZADAS: Atención previa cita
ODE AREQUIPA
TELF: 054-256355 / 259783
Calle Málaga Grenet Nº 302 Umacollo. Arequipa
email: arequipa@rree.gob.pe
ODE CUZCO
TELF: 084-231617 / 232412
Jr. Ricardo Palma L-3 Urb. Sta. Mónica Wanchaq. Cuzco
email: cuzco@rree.gob.pe
ODE IQUITOS
TELF: 0065-241879 / 243276
Pevas Nº120. Iquitos
email: iquitos@rree.gob.pe
ODE PIURA
TELF: 073-306217 / 304435
Av. Panamericana Nº290, Urb. El Chipe. Piura
email: piura@rree.gob.pe
ODE PUNO
TELF: 0051-367074 / 364866
Calle Conde de Lemus Nº276. Puno
email: puno@rree.gob.pe
ODE TACNA
TELF: 0052-425642 / 244926
Calle Blondet esquina Luis Basadre. Tacna.
email: tacna@rree.gob.pe
ODE TUMBES
TELF: 072-523153
Los Andes Nº325. Tumbes
email: tumbes@rree.gob.pe
★Tarifas Consulares
TRAMITE TARIFA US$
★Tràmites ante autoridades polacas
Considerando que el procedimiento y/o los requisitos que establecen las autoridades polacas pueden ser modificados, la siguiente información es de carácter referencial por lo que sugerimos a los ciudadanos peruanos que antes que inicien alguno de estos trámites verifiquen ante las respectivas autoridades polacas competentes esta información.
1) Para contraer matrimonio en Polonia
El ciudadano o ciudadana polaca debe dirigirse junto con su novia/o al Registro Civil (Urząd Statu Cywilnego), de acuerdo con el lugar de su estancia.
En el Registro Civil hay obligación de presentar los siguientes documentos:
a) copias de Partidas de Nacimiento de las personas que quieren contraer matrimonio (la copia del extranjero traducida al idioma polaco por traductor jurado)
b) documento que atestigua la posibilidad de contraer matrimonio según la ley materna o decisión jurídica legalmente valida de exención de presentar tal documento. Usualmente, la autoridad polaca solicita
al ciudadano extranjero, un certificado emitido por la Oficina Consular de su país –Certificado de Soltería- que acredite su capacidad para contraer matrimonio.
c) pasaporte
d) un comprobante de pago del timbre
Si el ciudadano extranjero no habla polaco, deberá presentarse con traductor jurado.
2) Permiso de residencia temporal
El ciudadano extranjero que desee permanecer en el territorio de Polonia por un largo periodo deberá solicitar a las autoridades regionales (Voivodía), de acuerdo con el lugar de su estancia o lugar de su futura residencia, el permiso de residencia por tiempo limitado.
Si el interesado permaneciera fuera de Polonia deberá presentar su solicitud ante el Cónsul polaco de su lugar de origen. El permiso concedido por el voivoda se incluirá en la tarjeta de residencia. La validez máxima del permiso es de 2 años prolongable por otros 2 años adicionales.
El extranjero podrá obtener el permiso y la tarjeta de residencia siempre y cuando sea capaz de demostrar que su permanencia en el territorio de la República de Polonia es necesaria. Los casos regulados por la ley que permiten obtener la tarjeta de residencia temporal son:
a) Promesa del permiso de trabajo u otra actividad económica o un certificado del empleador sobre la contratación del extranjero, en caso de que el permiso no sea obligatorio;
b) el trabajo por cuenta propia a base de las regulaciones vigentes polacas. En este caso el interesado deberá presentar los documentos que acrediten el hecho de llevar a cabo actividad empresarial en el territorio polaco, sus características y envergadura, y en especial el extracto del Registro Legal Nacional, el acuerdo societario y un certificado de Hacienda sobre la puntualidad de los pagos de los impuestos;
c) el inicio de estudios en una universidad polaca, siempre y cuando el estudiante tenga garantizados suficientes recursos económicos para mantenerse. El interesado deberá presentar un certificado emitido por la institución didáctica sobre un formulario oficial que atestigüe la admisión a la facultad o continuación de los estudios, señalando el tiempo previsto para su finalización;
d) Por matrimonio con un ciudadano polaco o un extranjero con permiso de residencia (tarjeta de residencia).
El ciudadano extranjero que solicite el permiso de residencia temporal en el territorio de la República de Polonia tendrá obligación de presentar ante el órgano otorgador del permiso los siguientes documentos:
a) una solicitud donde señale las circunstancias que justifican su permanencia en Polonia,
b) 4 fotografías,
c) el comprobante de pago de los derechos respectivos,
d) documentos que muestren sus fuentes de ingresos, acrediten su suficiencia económica y confirmen las cantidades de recursos propios (p.ej.: un extracto de la cuenta bancaria).
El voivoda (o el cónsul quien recibe la solicitud) adicionalmente puede solicitar una copia de la partida de nacimiento, una copia de la partida de matrimonio, un certificado de Hacienda o un certificado de antecedentes penales del país de origen.
3) Permiso para residencia permanente en Polonia
Un ciudadano extranjero que permanezca en Polonia por lo menos 5 años ininterrumpidamente, a base de visados y un permiso de residencia temporal, podrá solicitar en la Voivodía -del lugar de su permanencia-, el permiso a fijar allí su residencia – la tarjeta de residencia permanente-. La misma solicitud puede ser cursada por un extranjero que lleve viviendo en el país durante por lo menos 3 años, siempre y cuando su estancia en Polonia sea condicionada por la integración de la familia.
El interesado deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) demostrar la existencia de un vínculo familiar o económico duradero con Polonia;
b) poseer vivienda y manutención, esto significa que tendrá que demostrar ante el órgano emisor del permiso que posee suficientes medios propios para poder cubrir todos los gastos de manutención y asistencia sanitaria para sí mismo y su familia y que en ningún momento recurrirá a la seguridad social local. Asimismo tendrá que señalar una vivienda en la que podrá permanecer durante su estancia en Polonia con su respectivo título que asegure este hecho (p.ej.: un acta de propiedad, un título de afiliación a una cooperativa de viviendas, un contrato de renta).
El permiso de residencia permanente es indeterminado. Este permiso se concederá también a los hijos del ciudadano extranjero nacidos en el territorio de Polonia, siempre y cuando éste tenga un permiso de residencia permanente en la República de Polonia en regla.
Los ciudadanos extranjeros que soliciten la tarjeta de residencia permanente tendrán que presentar una solicitud oficial acompañada de:
a) 4 fotografías,
b) el certificado de residencia registrada (este documento lo expiden en las grandes ciudades el Urząd Dzielnicy; en ciudades más pequeñas pueden obtenerlo en el Municipio - Urząd Gminy- o el Ayuntamiento – Urząd Miasta-)
c) documentos que acrediten una estancia continua de 5 años,
diplomas de estudios realizados y/o certificados de experiencia profesional, entre otros,
d) documentos que acrediten sus fuentes de ingresos y la posesión de medios económicos imprescindibles para cubrir los gastos de la manutención y la vivienda.
4) Permiso de conducir
Si un ciudadano peruano posee una licencia de conducir válida y vigente, puede canjearla por una licencia de conducir polaca. Para ello debe:
a) Pasar el examen teórico en uno de los Centros Regionales de Tráfico (Wojewódzki Ośrodek Ruchu Drogowego – WORD) del lugar de su residencia. La dirección de los Centros se puede consultar en la pagina: http://www.wordy.pl/
b) En el Centro hay que suministrar los siguientes documentos:
a. la solicitud (el ejemplo de la solicitud se puede encontrar en la página: http://www.wom.warszawa.pl/pdf/zalacznik.php?adres=214)
b. un comprobante de pago por el respectivo examen teórico
c. foto de tamaño 3,5 x 4,5 cm, sin prendas cubriendo la cabeza ni gafas oscuras, presentando la cabeza en la posición de perfil izquierdo mostrando la oreja izquierda, manteniendo regular iluminación de la cara.
d. la copia del permiso de conducir y la traducción al idioma polaco, elaborada o confirmada por traductor jurado
e. documento de identidad o pasaporte
f. la copia de la tarjeta de residencia
g. En algunos casos las autoridades polacas solicitan que el ciudadano obtenga en su Consulado, una constancia certificada de validez y vigencia de la licencia de conducir; y, un certificado que indique el tipo de vehículo que está autorizado a conducir de acuerdo a la licencia de conducir peruana.
c) Después del examen teórico, para recibir el permiso hay que dirigirse al Departamento de Transporte (Wydział Komunikacji) de Jefatura de Distrito (Starostwo Powiatowe) o al Ayuntamiento, de acuerdo con el lugar de su residencia.
★Consejo de Consulta
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